La Agencia Tributaria tiene que “recalcular las liquidaciones del IRPF”
Los datos exactos sólo los conoce la propia Agencia Tributaria, para la que tampoco su estimación es inmediata, porque tiene que “recalcular las liquidaciones del IRPF” excluyendo la prestación por maternidad ahora exenta y abonar la diferencia con la autoliquidación inicialmente presentada.
La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha efectuado su propia estimación con base en las estadísticas de la AEAT, partiendo de la premisa de que las madres -y padres- que han percibido una prestación por maternidad del INSS también han aplicado en el IRPF la “deducción por maternidad para madres trabajadoras”. Puesto que esta deducción se aplica hasta que el hijo cumple tres años, el estudio de AEDAF considera que la han disfrutado por primera vez una tercera parte de aquellas que la aplicaron en cada ejercicio fiscal.
El número medio de madres que aplicaron la deducción entre 2014 y 2016, puesto que los datos de 2017 aún no están publicados, sería de 804.810 y la tercera parte de 268.270, lo que representaría 1.073.080 prestaciones percibidas en los cuatro años no prescritos.
Fuente: diariojurídico.com
Publicado en: Interés ciudadano
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